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Condiciones generales del programa de intercambio cultural Año escolar USA. Visa J12024-2025


El presente Acuerdo de Condiciones Generales (en adelante, El Acuerdo) regirá las relaciones entre SPEAKING SCHOOL S.L con CIF B73844243 y con domicilio en Carril de la Esparza 41A, 30009, Murcia (en adelante La Empresa), representante en España de la marca comercial Let´s Live USA.
Debidamente representada por su Administrador, Alberto Menárguez Sánchez, con DNI 48615493W.

Y de la otra parte con nombre y apellidos y DNI: y dirección (en adelante El cliente) en relación al programa High School o año escolar USA. En el caso de ser menor de edad, lo representa su padre/madre/tutor legal con nombre y apellidos y DNI

El Cliente está interesado en el programa High School (en adelante El Programa), y por ello acuerdan conforme a los términos y condiciones siguientes:

ANTECEDENTES

El gobierno de Estados Unidos ofrece diferentes tipos de programas de intercambio cultural, diseñados para que participantes de otros países viajen, y trabajen por Estados Unidos a través de la visa J1, entre ellos el programa de High School

En tal sentido, Let´s Live USA es una institución cuya misión es dar a participantes de diferentes países la oportunidad de participar en dichos programas, a través de la tramitación del Formulario DS - 2019, documento necesario para la obtención de la Visa J1, documentos que permiten al cliente participar en los diferentes programas de intercambio cultural, así como trabajar legalmente en EE.UU.

Por su parte, el cliente es mayor de edad y manifiesta que cumple con los requisitos detallados en la Cláusula II del presente acuerdo y está interesado en participar en el programa especificado en el encabezado, en el año en el que se realiza el presente acuerdo, para lo cual requiere de la tramitación del Formulario DS-2019.

DE EL CLIENTE

El cliente debe cumplir una serie de requisitos, condicionados por el programa por el que se esté tramitando la solicitud y debe cumplirlos en el momento de suscribir el presente Acuerdo y durante su participación en el programa:

Para el programa High School, ser padre, madre o tutor legal de un estudiante de una institución de educación superior con todas las asignaturas aprobadas hasta la fecha y con edad comprendida entre 14 y 18 años.

Confirma que su hijo/a se encuentra con buena salud. En caso de tener algún problema médico o encontrarse bajo algún tipo de tratamiento, deberá informarlo por escrito a la empresa, adjuntando para ello un certificado médico que le autorice realizar el viaje para que el Sponsor evalúe la participación del cliente en el programa. Se
considera que el cliente está apto para viajar, si su salud no compromete su normal desempeño y desenvolvimiento en El programa.

DE LA EMPRESA

Prestará servicios de intermediación, actuando como nexo conector entre el cliente y otras entidades, - con el Sponsor (definido en la cláusula siguiente) para la obtención del DS-2019 y la obtención de la Tarjeta de Asistencia; y, con el empleador para que pueda encontrar una oferta de trabajo -.

En cualquier caso, la empresa no garantiza la efectiva obtención de los elementos necesarios para participar en el programa, ni asume responsabilidad por ello, siendo su responsabilidad la de intermediar entre el cliente y las terceras entidades intervinientes.

ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL PROCESO AJENAS A LA EMPRESA

-El Departamento de Estado (US State Department) a través de "The Bureau of Educational and Cultural Affairs (ECA)" es la entidad que administra y regula todos el programa de intercambio.

-Embajada de Estados Unidos - Sección Consular. Es quien procesa las solicitudes de visas para Estados Unidos. Es el único que tiene la facultad de otorgar o negar una solicitud de Visa.

-Sponsor. Es la organización que bajo la supervisión del Departamento de Estado administra y es responsable del desarrollo de los programas ante el Gobierno de Los Estados Unidos. Una de sus funciones es emitir el formulario DS-2019 y es responsable del cliente mientras este se encuentre en EE.UU., dentro de los alcances
del Sponsor Agreement (acuerdo de participación del programa que se firma entre el cliente y el sponsor). Es el único ente que tiene la facultad de otorgar o negar la emisión del Formulario DS-2019.

-Sponsorship. Patrocinio brindado por el sponsor sobre el programa, que resulta en el permiso para trabajar y viajar en los Estados Unidos por medio de la visa J1.

-Centro Educativo. Es un centro de educación superior de EE.UU. que ofrece la posibilidad académica para estudiar un curso escolar, que es
uno de los elementos que componen los programas.

-Host Family, familia americana que acoge al estudiante de buena fe durante el curso escolar y cuyo sistema y reglas de convivencia el hijo del cliente se compromete a cumplir. De igual modo, si el estudiante incumple lo acordado con la familia, o no es responsable en el ámbito doméstico, la familia puede poner fin a la relación de convivencia.El estudiante es consciente de que este es un programa de intercambio cultural, y por tanto actuará conforme a los criterios de buena fe.


-Compañía de Tarjeta de Asistencia al Viajero. Es la empresa quien provee de la Tarjeta de Asistencia Médica cuyas coberturas cumplen con las regulaciones y exigencias del Gobierno de EE.UU. El sponsor realizará las coordinaciones con la Compañía de Tarjeta de Asistencia al Viajero, al igual que comunicará las fechas de la oferta de trabajo de El Cliente a esta compañía. La Empresa no se hace responsable de las coberturas de la Tarjeta de Asistencia al Viajero.

OBJETO

Por el presente Acuerdo, El Cliente contrata con La Empresa, los servicios de intermediación mediante los cuales la empresa le dará la posibilidad de cumplir con los requisitos para la obtención de la Visa J-1, requisito exigido por el programa, está última deberá ser tramitada por el cliente.

La empresa, en concreto, tramitará la obtención del formulario DS-2019 que permitirá al cliente tramitar la Visa J-1, para participar en el programa
La empresa facilitará la obtención de los elementos necesarios para participar en el programa, pero no sé responsabiliza de los supuestos en los que estos o la Visa- J1 no se obtengan.

EL FORMULARIO DS 2019 Y LA VISA J1

Con el Formulario DS-2019, el cliente podrá solicitar la Visa - J1. La Visa -J1 permite que el cliente ingrese al país con el fin de realizar un curso escolar en EE.UU. La visa por sí sola no es válida sin el formulario DS-2019 y viceversa.
Para que el Sponsor pueda emitir un formulario DS-2019, el cliente necesita tener una plaza en un centro educativo estadounidense.

El cliente deberá tener en cuenta las siguientes regulaciones:

-El estudiante puede permanecer por el periodo estipulado en el Formulario DS-2019 y dentro del plazo estipulado por la Embajada de Estados Unidos. Adicionalmente, dependiendo de las políticas específicas de cada Sponsor está permitido quedarse hasta 3 días adicionales

-La visa puede ser emitida por varios años; sin embargo, las fechas válidas de permanencia en el centro educativo son únicamente las estipuladas en el Formulario DS-2019.

-Una vez que el formulario DS-2019 es emitido, la realización de cambios generará un coste de reemisión así como de mensajería. Es por este motivo que el nombre y apellidos así como Los datos
personales del cliente, deben ser rellenados correctamente en los documentos que se envían al cliente.
Si se reemite un nuevo DS-2019 por un error al cumplimentar la información personal del participante después de que la Visa J1 ya este emitida, se deberá reemitir una nueva Visa J1.

-La emisión del Formulario DS-2019 está sujeta a aprobación por parte del sponsor, este proceso puede tomar hasta dos semanas antes del período académico para el que se estipula el contrato.
Sin perjuicio de lo señalado en el apartado VI.6., el sponsor tiene la facultad de reservarse el derecho de emitir o no el Formulario DS-2019 por motivos legales, antecedentes penales, falsificación de algún documento por parte de El Cliente u otros que el Sponsor considere.

TARJETA DE ASISTENCIA MEDICA AL VIAJERO

-El Gobierno de EE.UU. exige que todos Los participantes de todos los programas viajen con una Tarjeta de Asistencia Médica al viajero con ciertas coberturas mínimas. el Sponsor se encarga de gestionar y negociar con una compañía que ofrece dicho servicio y lo que incluye el pago de la misma; no haciéndose responsable de las coberturas de dicha tarjeta.

-La responsabilidad del sponsor es realizar las trámites para la adquisición de la Tarjeta de Asistencia Médica, lo que incluye el pago de la misma; no haciéndose responsable de las coberturas de dicha Tarjeta.

-La Tarjeta de Asistencia Médica cumple con las regulaciones y exigencias del Gobierno de EE.UU. no siendo un seguro general de salud, por lo que solo debe de ser usado para cubrir enfermedades y accidentes inesperados dentro de la cobertura disponible.

-La vigencia de la Tarjeta de Asistencia Médica corresponderá desde la fecha de inicio del Formulario DS-2019 y terminará en la fecha de fin del Formulario DS-2019, siempre y cuando El Cliente este fuera de territorio español y este dentro de los países de cobertura.
-La posibilidad de extensión del seguro una vez que el cliente ya se encuentra en EE.UU. estará sujeta a la aprobación del sponsor y su compañía de seguros.

RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA

Emitido el Formulario DS-2019 finalizan las prestaciones de la empresa conforme al objeto de este acuerdo, cláusula V, habiendo cumplido todas ellas queda extinguida su responsabilidad.

Por tanto, la empresa no tendrá responsabilidad alguna con posterioridad a la emisión del Formulario antes indicado, debido a que ya cumplió con el objeto del presente Acuerdo.
Sin perjuicio de lo señalado en el primer párrafo de la presente Clausula, la empresa podrá determinar y gestionar devoluciones a favor del cliente de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo de Pagos y Devoluciones, aun cuando se haya cumplido con la emisión del Formulario DS-2019, sin que estas devoluciones impliquen aceptación de responsabilidad alguna por parte de La Empresa, ni que la vigencia del Acuerdo se amplié.
Dicho esto, aunque su responsabilidad legal acabe tras la emisión del formulario DS-2019, la empresa ayudará al participante en todo el proceso, de acuerdo con los criterios de la buena fe.
La responsabilidad de la empresa nunca excederá a lo establecido en el presente Acuerdo y/o en el Anexo de Pagos y Devoluciones. En caso de contraposición u oposición entre los términos de este Acuerdo y/o de cualquier de sus Anexos, primaran los del presente Acuerdo.

La empresa no asumirá responsabilidad por el incumplimiento del Cliente de alguna de sus obligaciones.

Derecho de desistimiento: Tiene usted derecho a desistir del presente contrato en un plazo de 14 días naturales sin necesidad de justificación. El plazo de desistimiento expirará a los 14 días naturales de la transacción realizada a través de la pasarela de pago Stripe.

Para ejercer el derecho de desistimiento, deberá usted notificarnos su decisión de desistir del contrato a través de una declaración inequívoca (por ejemplo, una carta enviada por correo postal, fax o correo electrónico).

OBLIGACIONES DEL CLIENTE

Con La suscripción del presente Acuerdo, el cliente asume las siguientes obligaciones:


-Cumplir con los requisitos que le exige el programa (Clausula II) durante toda su participación en El programa.
-Pagar la inversión del programa ofrecida por la empresa en los plazos establecidos en el presente Acuerdo, según lo dispuesto en el Anexo de Pagos y Devoluciones.
-Presentar todos los documentos requeridos por la empresa en los plazos establecidos en el presente acuerdo.
-El cliente deberá cerciorarse de que los datos facilitados son correctos (nombre, apellidos, DNI, número de pasaporte, por cualquier medio que la empresa lo solicite (generalmente será a través la plataforma del Sponsor, mediante correo electrónico o a través de documentos que tenga que enviar por correo electrónico), los datos incorrectos podrían suponer un coste adicional a El Cliente de 100 euros por necesidad de reexpedir el Formulario DS-2019.
-El Cliente, deberá enviar por correo electrónico a participantes@letsliveusa.com como máximo tres (3) días después del día de su cita en la embajada de Estados Unidos el itinerario de viaje. Es preciso señalar que si El Cliente no nos envía la información, El Sponsor podría anular el Formulario DS-2019.
-Realizar los trámites que implique la participación en el programa de manera personal.
-El cliente no difamará mediante la publicación de manifestaciones falsas o inventadas en cualquier red social, o medio de comunicación a La Empresa, el Sponsor o al Empleador, con el fin de dañar su imagen pública.
--Entregar los documentos solicitados por La Empresa, y solicitar su pasaporte y visa según el cronograma establecido por La Empresa.
-Revisar cada dos (2) días las cuentas de correo electrónico que fueron informadas a La Empresa, donde pondrá en su conocimiento cualquier información o trámite que El Cliente deba realizar.
-El programa tiene una duración media de un curso escolar y el cliente deberá consultar con la empresa las fechas y duración de su estancia, a fin de asegurarse que tiene disponibilidad para realizar el programa concreto.
-Informar al Sponsor de cualquier circunstancia que pudiese en un determinado momento imposibilitarlo para desarrollar adecuadamente su etapa formativa en Estados Unidos, concretamente podemos citar i) en caso de encontrarse bajo tratamiento médico que pudiese tener tal efecto, deberá ser informado antes de entrevistarse con un Empleador presentando un certificado médico que lo autorice a realizar el viaje; ii) si un familiar directo de El Cliente sufre de alguna enfermedad o circunstancia que pudiese
en determinado momento imposibilitarlo a continuar en El programa, habrá de notificarse antes de iniciar el viaje.
-Informar a la empresa de cualquier modificación sobre los datos de contacto señalados tanto en la introducción del presente Acuerdo como al final del mismo. Dicha información deberá ser notificada por
escrito a la Empresa. El Cliente deberá solicitar una confirmación por escrito de que ésta recibió los nuevos datos de contacto.
-Informar a la empresa sobre la denegación de la Visa J1, como máximo al día siguiente de la comunicación de dicha denegación, aunque esté planeando presentarse por segunda vez para la obtención de dicho documento.
-Pagar las penalizaciones establecidas en el Anexo de Pagos y Devoluciones, en el caso de que corresponda.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
-Asesorar al cliente en el proceso de solicitud del Formulario DS-2019, siendo que la emisión de dicho documento depende del Sponsor.
-Entregar y/o poner a su disposición por correo electrónico los Manuales de Orientación de forma que el cliente tenga conocimiento de los procedimientos para obtener el DS-2019, el visado, y para poder estudiar legalmente en EE.UU; así como una guía para orientarse en su llegada a EE.UU.
-Recepcionar los documentos entregados por el cliente para solicitar el Formulario DS-2019 y comunicarlos al sponsor en EE.UU.
-Asumir los gastos de envío de documentación al sponsor.
-Las demás obligaciones que se establecen en los Anexos por El Cliente en la Cláusula V del presente Acuerdo.
PAGOS, ENTREGA y FIRMA DE DOCUMENTOS

-Para todos los pagos de El programa, El Cliente deberá:
-Realizar los pagos de las cantidades indicadas por email o a través de la web www.letsliveusa.es.
El primer pago se podrá realizar a través de tarjeta de crédito o transferencia bancaria, siendo el segundo mediante transferencia o condiciones de financiación establecidas.
-La secuencia de los pagos estarán condicionados con la fase del proceso en el que este el participante. En los supuestos en que el pago se realice mediante transferencia bancaria El Cliente deberá de enviar por email el comprobante de los pagos.
-Guardar el ORIGINAL DE TODOS LOS INGRESOS hasta el 1 de noviembre del año siguiente a la firma del presente acuerdo, ya que estos pueden ser solicitados en cualquier momento por la empresa. En caso de que la empresa lo solicite el cliente únicamente deberá entregar la copia de los ingresos y nunca el original.

COMUNICACIÓN

-La empresa se comunicara con el cliente preferentemente a través de los siguientes medios:
-Una cuenta personal de correo electrónico que el cliente provea.
-A través del sistema de mensajería WhatsApp.
-Cualquier otro que la empresa determine, lo cual será informado oportunamente a El Cliente.
-Es responsabilidad del cliente revisar sus cuentas de correo electrónico cada dos (2) días, o comprobar en el mismo periodo cualquier otro método
que se haya determinado por la empresa. Transcurrido dicho plazo la empresa asumirá que el cliente ha tenido acceso a la información a través de los medios expuestos y, por tanto, ha tomado conocimiento de toda la información remitida por La Empresa.
-Correo Electrónico: Se reconoce válida toda información que comunique la empresa por este medio. En caso de que el cliente envíe una comunicación por correo electrónico, este tendrá que considerar que el envío es válido solo cuando reciba una confirmación de recepción por parte de alguna persona de la empresa.
-En caso de que la empresa y el cliente mantuvieran comunicaciones telefónicas, la empresa tendrá la potestad de grabarlas, en caso lo considere pertinente (detallado en la cláusula XIV).
-El cliente no podrá alegar envió de información extemporánea por parte de la empresa, si este no revisa los medios de comunicación reseñados, en los plazos señalados.


AUTORIZACIONES DE EL CLIENTE

Mediante la firma expresa de esta cláusula, El Cliente autoriza a La Empresa a:
-A la grabación de llamadas que tengan lugar entre las partes, por motivos de calidad y garantía, restringiendo su uso al ámbito interno de la empresa, o a aquellos que permita la legalidad vigente.
-A la cesión de su imagen y datos personales por tiempo indefinido en todas las actividades publicitarias vinculadas a La Empresa, tales como utilizar las fotografías, testimonios y videos de El Cliente, en la página web de La Empresa, trípticos, volantes, o cualquier otro material que La Empresa considere necesario, a
efectos de promocionar y/o publicitar sus actividades en España o en el extranjero.
-El cliente deja constancia expresa e indubitable que la autorización contenida en el numeral precedente se realiza de manera gratuita sin que proceda ni corresponda en el futuro reclamo o pretensión alguna por concepto de pago, compensación o contraprestación, indemnización, daño emergente o lucro cesante de ninguna naturaleza ya que, la presente autorización es para que La Empresa pueda utilizar
comercialmente su imagen e identidad.
-El cliente conforme a sus derechos tiene la potestad de revocar tal cesión, en cuyo corresponderá indemnización por los daños ocasionados en cuanto la empresa ya haya realizado pagos para obtener los medios publicitarios, o para exponerlos al público, comprendiendo el coste de los materiales que se hayan de retirar, y el plazo que retrase su publicación.
-Los datos cedidos por el cliente se almacenaran en un fichero de titularidad de la empresa de conformidad con La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, garantiza que ha adoptado las medidas
técnicas y organizativas necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados. El Cliente puede obtener más información en cuanto a la Política de Privacidad y Protección de datos de La Empresa a través de la siguiente dirección
https://letsliveusa.com/politica-privacidad/


SERVICIOS NO BRINDADOS POR LA EMPRESA

-Tramites, requisitos y costos de emisión de la visa J-1 en la embajada de los EE.UU en Madrid. Los costos, trámites y requisitos se encuentran sujetos a variación sin previo aviso por parte de la embajada de
los EE.UU. A no ser que se contrate un servicio complementario por parte del cliente.

-Coordinación de la cita ante la Embajada de los EE.UU. Excepto en caso de que la Embajada solicite expresamente que esta sea coordinada directamente por la empresa o que se contrate un servicio complementario por parte del cliente.

-Servicios adicionales de la embajada: Servicio de información de visas y servicio de DHL o mensajería
similar.

-El pago por concepto del sistema SEVIS, señalado en el Anexo de Pagos y Devoluciones. La cantidad de dicho pago está sujeta a variaciones dispuestas por el Departamento de Estado de EE.UU., las mismas que pueden realizarse sin previo aviso. Dicho pago deberá hacerse en euros en la cuenta que la empresa informa al cliente para que el sponsor le pague al Departamento de Estado de EE.UU. A no ser que se contrate un servicio complementario por parte del cliente. En caso de que la Empresa asuma el importe correspondiente al sistema SEVIS, este será repercutido al cliente, mediante pago independiente o en su defecto añadiéndolo al montante referente al último pago.-Billetes aéreos, gastos de emisión e impuestos de aeropuerto.).
-Traslados fuera y dentro de Los EE.UU.
-Responsabilidades por pérdidas de vuelos, equipajes, vuelos cancelados o de ningún otro gasto fuera de los que expresamente se estipulan en este documento y/o el manual de la tarjeta de asistencia.
-Seguro para deportes de aventura (incluidos los deportes de nieve como ski o snowboard), actividades de alto riesgo o similares y enfermedades preexistentes. El manual de la Tarjeta de Asistencia Médica estipulara las condiciones y coberturas de El programa.
-Gastos de la vida cotidiana.

NORMAS Y REGULACIONES

El programa se rige bajo normas y regulaciones establecidas por el Departamento de Estado de los EE.UU. y el sponsor. En base a lo anterior, varios puntos del presente Acuerdo podrán ser modificados a efectos de adecuarlo a los cambios que se den en las regulaciones por parte del Gobierno de los EE.UU.
En tal sentido, a su sola discreción el Gobierno de los EE.UU. podría suspender o eliminar el programa, en cualquier momento; así como modificar o restringir las condiciones del programa. Adicionalmente, el sponsor
podrá poner fin y terminar el programa a su sola discreción, si determina que el cliente ha infringido alguna norma del Gobierno de los Estados Unidos, Los términos del Acuerdo suscrito con el sponsor o la normativa establecida por este, los términos del presente acuerdo; así como por cualquier otro motivo que considere, tales como incapacidad para adaptarse a la cultura de los EE.UU., incapacidad para adecuarse a los
requerimientos de la familia, faltas injustificadas al centro escolar,entre otros. En dicho supuesto no serán devueltos los pagos solicitados por el sponsor.
El cliente podrá encontrar mayor información sobre las regulaciones de el programa en
http:/j1visa.state.gov/basics/common-questions/.

CLAUSULAS DE RESOLUCIÓN DEL ACUERDO

Las partes mediante denuncia expresa podrán resolver el presente contrato, en cualquier momento y sin que medie causa alguna, no correspondiendo más indemnización o penalización que la dispuesta en el Anexo de Pagos y Devoluciones.
Además La empresa podrá resolver el presente Acuerdo de Condiciones Generales suscrito por El Cliente, en los siguientes casos:
-Si la empresa verifica que El Cliente no cumple con los requisitos establecidos en la Cláusula II del presente Acuerdo.
-En caso de que sin haber entregado los documentos para tramitar el formulario DS-2019, El Cliente rechaza un centro escolar o familia y no desea seguir participando en El programa, se sujetara a lo dispuesto en el Anexo de Pagos y Devoluciones.
-En el caso de que el cliente, mediante cualquier medio de comunicación dirija amenazas, o realice manifestaciones faltando al respeto, a la buena imagen o reputación de la empresa, u otros comportamientos inadecuados, La empresa podrá resolver el programa. Cuando dicho comportamiento sea realizado por el cliente durante la duración del programa, La Empresa podrá comunicárselo al Sponsor quien podrá cancelar la Visa expedida al Cliente, debiendo volver a España en un periodo de 7 días. En este caso no hay devolución del importe. -Si es el cliente quien solicita su retirada del programa. si el cliente incumple cualquiera de las obligaciones establecidas en la Cláusula IX del presente Acuerdo, o cualquier otra obligación que se prevea como tal en el presente Acuerdo. -En estos casos, la empresa se reserva el derecho de dejar sin efecto el presente Acuerdo y/o cualquiera de sus Anexos, en cualquier momento mediante comunicación escrita notificada al Cliente. -En cualquier caso de resolución del presente Acuerdo será de aplicación lo señalado en el Anexo de Pagos y Devoluciones.

-La empresa, que actúa como intermediario del sponsor, y como su representante en España, a fin de cerciorarse que el cliente cumple con los requisitos del programa, podrá verificar si el cliente comprende el objeto, el cual consiste más allá de la estancia en un centro educativo o la estancia en una familia de acogida determinada, en el intercambio cultural, así como y el funcionamiento del programa, estando legitimada para en caso contrario cancelar el programa, y la emisión del DS2019 lo que le impedirá realizar su estancia académica legalmente en Estados Unidos. -Se entenderá que el cliente no comprende el funcionamiento del programa i) cuando exija la asignación en un centro de un estado en concreto; ii) cuando se exija a la empresa la traducción de documentos; entre otros supuestos.

BILLETES Y LLEGADA
-El billete aéreo no está incluido dentro del coste de ningún programa, siendo entera responsabilidad del cliente la compra del mismo. La empresa en caso de que lo solicite podrá orientar al cliente para poder obtener una opción más económica, sin que dicha solicitud vincule a la empresa. -El cliente no podrá viajar con billete sujetos a espacio stand by. -El cliente deberá evaluar detenidamente todas y cada una de las condiciones y restricciones propias e inherentes al billete aéreo (tales como reembolsables, no transferibles y no endosables) antes de efectuar la compra del mismo. Las condiciones de los billetes aéreos (como penalizaciones por cambio de fecha o ruta, posibilidad de cambios, entre otros) varían de acuerdo a la línea aérea. -Una vez que el cliente se encuentre en EE.UU. no podrá viajar fuera de dicho país ni adelantar la fecha de retorno del billete aéreo sin previa autorización por escrito del Sponsor. -El traslado del aeropuerto hasta el centro de trabajo o alojamiento es responsabilidad de el cliente. -Las condiciones específicas con relación a los billetes aéreos dependerá del acuerdo suscrito entre el cliente y la agencia de viajes.

EMBAJADA DE ESTADOS UNIDOS
-Citas en la embajada de EE.UU.: Cada año la Embajada determina el proceso para la solicitud de citas; motivo por el cual, el cliente deberá informarse a tiempo del proceso aplicado para el año de su participación en El programa. La empresa le asesorará sobre el procedimiento a realizar. -Sea cual sea el proceso para la solicitud de citas aprobado por la embajada ante el Servicio de información de Citas, si el cliente no puede asistir a la entrevista en el día establecido por la embajada (las fechas no son establecidas por el cliente), deberá pagar por una nueva cita, siendo su responsabilidad cualquier consecuencia generada dicho cambio. -Puede darse el caso de que la Embajada apruebe la Visa el día de la entrevista y luego al momento de verificar Los datos de El Cliente para poder emitir la Visa J1 esta sea negada. La Empresa no se responsabiliza por ese cambio de decisión ni de informar a El Cliente ya que eso deberá hacerlo la Embajada directamente. -La embajada de Los Estados Unidos puede decidir no emitir la Visa J1 a una persona determinada. -La embajada de Los EE.UU. puede iniciar un proceso administrativo al Cliente el cual prolongue su decisión en la aprobación o negación de la visa J1 (ejemplo: petición de residencia, entre otros). El Empleador en este caso puede retirar la Oferta de Trabajo a El Cliente o esperar la decisión de la embajada de EE.UU. por la plaza que este crea conveniente. Si el Empleador decide cancelarle la Oferta de Trabajo a El Cliente, se encontrara sujeto al Anexo Pagos y Devoluciones, específicamente al acápite referido a la negación de visa.
-El cliente deberá notificar a La Empresa ya su Empleador a más tardar al siguiente día útil de que se le notifique que se le ha iniciado un proceso administrativo. -Como se ha señalado en el punto IV.2 del presente Acuerdo, la Embajada de Estados Unidos - Sección Consular es el único ente que tiene la facultad de otorgar o negar una solicitud de Visa. Por ello, en caso de que se generará alguna situación que retrasará el trámite de la Visa J1, es responsabilidad de El Cliente hacer la consulta directamente a la Embajada.

RESPONSABILIDAD PENAL DEL CLIENTE
Mediante la presente se pone en conocimiento de El Cliente, que verter acusaciones o manifestaciones falsas que puedan herir la buena imagen o reputación de La Empresa, está tipificado en el Código Penal como posible delito de injurias, en el artículo 208, haciendo expresa referencia que dichas actuaciones divulgadas mediante cualquier medio audiovisual, o red social serán perseguidas por esta entidad conforme a las acciones legales que le corresponda.
DECLARACIONES DE EL CLIENTE Mediante la firma del presente documento, el cliente acepta su participación en el programa en el que esté realizando el proceso, (se puede observar en la parte superior del acuerdo). Es una decisión personal e individual, realizada por una persona madura e independiente. En tal sentido, el cliente acepta tener conocimiento de todo lo contemplado en el presente Acuerdo. Asimismo, El Cliente declara aceptar lo siguiente: Que, cumple con los requisitos establecidos en la Cláusula II del presente Acuerdo. Que, suscribe el presente Acuerdo, siendo mayor de edad, e interviene en su propio y derecho estableciendo una relación comercial con La Empresa. Que, viaja por cuenta propia y no en representación de ninguna institución. Que, tiene conocimiento de las leyes de Los EE.UU. que se aplican a su participación en El programa y su estancia en dicho país, relevando a La Empresa de cualquier responsabilidad derivada de Los eventuales incumplimientos por parte del cliente de dichas leyes. Que, en caso el cliente se vea involucrado en un problema legal en EE.UU. conoce que ni la empresa ni el Sponsor ofrecen asesoría legal.

Se suscribe este Acuerdo en señal de entendimiento y conformidad con Los términos del mismo y de sus anexos, incluyendo las condiciones de mi participación en el programa, las obligaciones de ambas partes en relación el programa y las limitaciones de responsabilidad de la Empresa. Y para que así conste firmó en cada una de sus hojas y en la cláusula de cesión de derechos de datos personales e imagen.


ANEXO DE PAGOS Y DEVOLUCIONES
Conste por el presente documento el Anexo de Pagos y Devoluciones celebrado entre Speaking School S.L (Sociedad que representa a Let´s Live USA), domiciliada en Carril de la Esparza, 41A, 30009, Murcia, en adelante La Empresa y El Cliente, cuyos datos de identificación figuran en el Acuerdo de Condiciones Generales suscrito por este último, quienes suscriben el presente documento, en los términos y condiciones siguientes:

CANTIDAD, MOMENTO Y METODO DE PAGO
Ésta puede sufrir ligeras variaciones en función de la Institución/Sponsor con el que se haga el proceso o del tipo de servicio que se contrate. El precio habitual del programa se dividirá en tres formas:
Primer pago: 795 euros Fecha: Antes de iniciar todo el proceso para participar en El programa, mediante este pago se reserva una plaza en El programa, el derecho a la Visa y a que La Empresa busque un centro educativo y familia anfitriona.
Forma: Al cliente le llegará un correo de pago en el que podrá elegir el pago con tarjeta de crédito o transferencia bancaria al número de cuenta al que se le indique.
Segundo pago: 5000 € o las cantidades pertinentes si se adhiere al acuerdo de financiación que lo puede realizar en 12, 24 o 36.
El acuerdo de financiación esta condicionado con la aprobación de la entidad financiera correspondiente. La empresa no se hace responsable de la no obtención de la financiación.
Fecha: una vez se ha aprobado su participación por parte del Sponsor americano. Forma: al cliente le llegara un correo para realizar transferencia bancaria o el requerimiento de documentación adicional para el acuerdo de financiación.
Tercer pago: 6705€ o continuar con las cuotas de financiación por el plazo establecido.

DE LAS DEVOLUCIONES PROCEDIMIENTO PARA QUE EL CLIENTE SE DÉ DE BAJA DE CUALQUIER PROGRAMAEl cliente deberá enviar un correo a participantes@letsliveusa.com solicitando la baja de el programa.
El cliente recibirá un e-mail indicando que la solicitud de baja ha sido aceptada. Las devoluciones se realizaran dentro de los treinta (30) días útiles contados desde la fecha en que la empresa haya aceptado la solicitud de baja del cliente.
Toda devolución, a excepción de la devolución por negación de Visa J1, debe ser solicitada antes de 2 meses del inicio del programa.
La empresa informará al cliente cuándo se le hará la devolución. Este aviso se hará por correo electrónico a la dirección indicada por el cliente.

PROCEDIMIENTO PARA RETIRO POR NEGACIÓN DE VISA

En caso de negación de visa, el cliente debe enviarnos un correo a participantes@letsliveusa.com para notificárnoslo, a más tardar al día útil siguiente de la negación de visa.
Además, deberá enviar por correo certificado los siguientes documentos en la oficina de La Empresa ubicada Carril de la Condesa, 58, oficina 505, 30010 Murcia, a más tardar tres (3) días útiles después de la denegatoria: Formulario DS-2019 original Hoja de negación que entrega la embajada Recuerde guardar el comprobante del envío certificado.
A pesar de que el cliente tenga planeado presentarse al embajada para una segunda entrevista, debe contactarse con La Empresa en el plazo establecido en el acápite precedente para informar sobre la negación de Visa J1 y rellenar el formulario respectivo por negación de Visa.
En caso de que se prolongue el tiempo de emisión de la visa por procesos administrativos que la embajada determine, si el cliente decide retirarse del programa, solo se considerará como negación de visa si se solicita retirarse como máximo 1 mes previo al inicio del programa y si su empleador no acepta esperar el tiempo que dure el proceso administrativo.
En caso contrario, la empresa procederá a la penalización correspondiente al cliente como cuando se retira de El programa después de solicitar la visa J1. Si El Cliente no informa a La Empresa sobre la negación de Visa al día siguiente útil de la negación, no tendrá derecho a la misma cantidad de devolución. Ver cuadro de devoluciones. Para el caso de devoluciones por negación de Visa, La Empresa no procederá con la devolución respectiva, sin haber recibido por parte de El Cliente el formulario DS-2019, la hoja de negación que entrega la embajada y la copia del sello de negación y el Cliente haya enviado un correo para notificarlo a participantes@letsliveusa.com

DEVOLUCIONES A continuación se detallan los conceptos y cantidades de las devoluciones:

1 El cliente incumple el Acuerdo de Condiciones Generales, no cumple con los requisitos, omite información o brinda información falsa respecto a los requisitos para la participación del programa establecidos en la Cláusula II del Acuerdo y La Empresa lo retira del Programa. No hay devolución.
2.La empresa no le consigue una plaza académica en firme al cliente antes del comienzo del curso escolar en EEUU. Se hace la devolución de las cantidades satisfechas del programa.
3 El cliente notifique la baja del programa y todavía no tiene una plaza académica. No hay devolución.
4 El cliente realice baja del programa una vez que ha sido seleccionado por un centro educativo y se haya realizado el segundo pago. No hay devolución
5 El cliente realice baja del programa después de tener una oferta de empleo en firme y una vez que se haya emitido el DS 2019 pero todavía no esté en posesión del cliente. No hay devolución
6 El cliente realice baja del programa después de tener una oferta académica en firme y una vez que se haya emitido el DS 2019 estando ya en posesión del cliente. Si El cliente devuelve el DS2019 a la oficina de Let´s Live USA con envió certificado. No hay devolución
7 El sponsor se reserva el derecho de no emitir el Formulario DS-2019 de El cliente por alguna acción legal, record policial o falsificación de algún documento por parte de El cliente. No hay devolución
8 La empresa o el sponsor deciden cancelar el programa del cliente en cualquier fase del proceso porque se dirija a la empresa por cualquiera de los medios de comunicación con amenazas, faltas de respeto u otros comportamientos inadecuados. Lo pagado a la fecha menos el primer pago.
9 La Embajada de los Estados Unidos le niega la Visa J1 al cliente y este notifica a La empresa al siguiente día útil (Para que se ejecute la devolución, el cliente tendrá que enviar por correo certificado el DS2019 a la oficina de la empresa). Lo pagado a la fecha menos 450 €
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